Si compraste tu coche entre 2006 y de 2013 en alguna de las 30 marcas que participaron en el llamado «cártel de los coches» tienes derecho a reclamar, llegando a percibir una compensación en torno a los 2.000 o 2.500 euros de media por caso, sin contar intereses.

 

El equipo de abogados de RBH Global está especializado en la reclamación de casos como este del cártel de coches, originado por el acuerdo al que llegaron fabricantes automovilísticos de las marcas más vendidas en España durante febrero de 2006 y julio de 2013, cuando compartieron en secreto información clave para fijar precios.

Esto dio lugar a un incremento del precio –sobreprecio– para los compradores de automóviles de estas marcas, porque se redujo la competencia en el sector. Ahora, el Tribunal Supremo ha ratificado la sanción que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió en 2015 y la de la Audiencia Nacional en 2019.

Esto significa que los afectados por este “cártel” ya pueden solicitar su reclamación por el sobreprecio pagado.

¿Eres uno de los afectados y quieres que te ayudemos a reclamar?

Podemos ayudarte y estudiar la viabilidad de tu caso si tu respuesta a estas dos cuestiones es SÍ:

  • Adquiriste, como persona física o jurídica (empresas de alquiler de vehículos o con grandes flotas, taxis y VTC) un vehículo nuevo, entre febrero de 2006 y agosto de 2013. 
  • Tu vehículo pertenecía a una de estas marcas: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo.

¿Qué documentación necesitamos que nos hagas llegar para estudiar tu caso? 

  1. La factura de la compra o la acreditación del pago del alquiler o del leasing del vehículo.
  2. Facturas en caso de haber abonado reparaciones.
  3. Ficha técnica del vehículo y contratos.

Tres cuestiones IMPORTANTES que debes tener en cuenta:

  1. Podrás reclamar hasta 2026. Pero dado el bloqueo judicial que existe actualmente, te recomendamos priorizar esta gestión si eres uno de los afectados para garantizar que en caso de que el proceso se dilate, se cumplan todos los plazos en tu reclamación
  2. Reclama aunque no tengas ya tu coche. La sanción impuesta ratifica que los compradores que pagaron un sobrecoste podrán percibir su reclamación aunque ya no dispongan del vehículo. Mientras cuentes con la documentación necesaria, tu caso puede validarse.
  3. Además de la compra, también se puede reclamar por operaciones de leasing y de renting de vehículos, dentro de los mismos plazos y marcas mencionadas.

 

Te mostramos en dos ejemplos basados en datos reales el importe que podría llegar a recibir un afectado por el cártel de los coches.

 

Ejemplo 1: Compra de vehículo de gama alta-media

  • Fecha de compra: Junio de 2008
  • Precio de compra: 45.000 euros
  • Cantidad a reclamar: 6.750 euros
  • Cantidad a reclamar por intereses: 3.150 euros
  • Cantidad total reclamada: 9.900 euros

Ejemplo 2: Compra de vehículo de gama media-baja

  • Fecha de compra: enero de 2011
  • Precio de compra: 17.000 euros
  • Cantidad a reclamar: 2.250 euros
  • Cantidad a reclamar por intereses: 1.190 euros
  • Cantidad total reclamada: 3.440 euros
  •  

El equipo de abogados de RBH Global es especialista en este tipo de reclamaciones. Ponte en contacto con nosotros, estudiaremos la viabilidad de tu caso y te daremos respuesta lo antes posible.