El Gobierno aprobó a través de la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril que a partir del 1 de junio, todos los becarios que hicieron prácticas no remuneradas antes del 1 de enero de 2024, y los de remuneradas anteriores al 1 de noviembre de 2011 podían recuperar 🙋♀️ las cotizaciones a la Seguridad Social de sus periodos de beca, para sumar semanas cotizadas con vistas al histórico laboral. Es decir, se permite la cotización retroactiva a la Seguridad Social para los antiguos becarios.
A partir de ahí se generó un conflicto entre los interesados y el Gobierno, ya que para acceder a esta mejora en el cómputo de cotización y de semanas en activo, había que hacer efectivo el pago de las cuotas correspondientes a esos meses o años no cotizados a la Seguridad Social, lo que supone un gran desembolso de una vez para cualquiera de los afectados. El Ejecutivo ha modificado algunas condiciones para no hacer tan difícil este proceso. Te lo contamos todo en este post.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LA COTIZACIÓN RETROACTIVA DE SS POR PRÁCTICAS?
El Convenio Especial de cotización retroactiva a la Seguridad Social para los antiguos becarios implica que el interesado no haya estado dado de alta en el régimen general durante ese periodo. Además, se contabilizarán los periodos de prácticas con un límite de 1.825 días. Esta solicitud solo puede hacerse una vez.
Estos son las categorías de becarios que podrán adscribirse al Convenio Especial:
- Alumnos universitarios que hayan cursado para su obtención titulaciones oficiales y títulos propios de las universidades (máster de formación permanente, diploma de especialización o diploma de externo).
- Alumnos de formación profesional, salvo cuando las prácticas se hubieran prestado en el régimen de formación profesional intensiva.
- Alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
- Quienes, como graduados universitarios y a través de los correspondientes estudios oficiales de doctorado, hubieran participado en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero, con anterioridad al 4 de febrero de 2006, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación.
Existen tres escenarios posibles:
- Prácticas no remuneradas. Deben haberse realizado antes del 1 de enero de 2024.
- Prácticas remuneradas. Deben haberse realizado antes del 1 de noviembre de 2011.
- Alumnado de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo. Deben haberlas realizado antes del 4 de junio de 2006.
REQUISITOS PARA COTIZACIÓN RETROACTIVA DE BECARIOS
Lo más importante es haber realizado las prácticas formativas o las académicas en el período indicado y dirigidas a la obtención de las titulaciones indicadas, y por las que en su momento no determinaron la inclusión en el sistema de la Seguridad Social.
Para acreditar dicha situación el alumno/a deberá aportar:
- Bien certificación expedida por la Universidad o bien por el Centro educativo en el que cursó los estudios respectivos.
- Bien certificación por la empresa, centro o entidad donde se hayan realizado, si han sido remuneradas.
En ambos casos, debe constar si las prácticas han sido remuneradas o no y el período de realización, con indicación expresa del número de días. Si se ha realizado a bordo de embarcaciones deberá constar en el certificado que se expida.
Una vez se tenga la documentación correspondiente de la entidad en que se realizaron los estudios y/o el certificado de la empresa donde se realizaron las prácticas, es necesario rellenar el modelo oficinal establecido para este proceso, según el Convenio Especial (TA.0040).
El plazo de presentación expira el 31 de DICIEMBRE 2028
Existen dos formas para poder realizar la presentación:
- Por medios telemáticos, a través del Registro Electrónico de las Entidades Gestoras, los Servicios Comunes de la Seguridad Social, la Sede Electrónica y el Portal de la TGSS.
- De forma presencial en las Administraciones Provinciales de la Seguridad Social u oficinas de registro conforme a las normas del procedimiento administrativo común.
ACTUALIZACIÓN: NUEVAS MEDIDAS PARA ESTA ORDEN
Tras el aluvión de críticas recibidas por la redacción de la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril (dada la elevada cuantía que tenían que asumir los becarios para que se les reconocieran los periodos de prácticas realizados a efectos de cotización) el Gobierno ha decidido recular y ha convocado una mesa de negociación para modificar la Orden.
En la reunión mantenida el pasado 27 de mayo de 2024 se ha abordado la mejora de la Orden para recuperar años cotizados de antiguos estudiantes en prácticas e investigadores, se han atendido las peticiones de los interlocutores sociales de este modo:
- Tomar como base de cotización del convenio especial la base mínima correspondiente al año de realización de la actividad (la Orden ISM/386/2024 prevé que la base de cotización sea la base mínima en 2024). Por ejemplo, la cuota de 1997 sería de 101 euros, prácticamente una tercera parte de esos 288 euros por cada mes de cotización que exigía el anterior acuerdo.
- Poder rescatar íntegramente cinco años, también en los casos en los que, de acuerdo con la regulación de 2011, ya se hubiesen rescatado dos años (5+2).
- Extender a cuatro años y medio la ‘ventana’ temporal abierta para la suscripción del convenio: se amplía así esta ventana hasta el 31 de diciembre de 2028, para facilitar que los interesados puedan acceder a él.
- Ampliar la posibilidad de fraccionamiento de pago hasta el doble del periodo rescatado con un máximo de siete años: por ejemplo, si se rescatan dos años, pueden pagarse en cuatro años (la orden inicial publicada el 1 de mayo prevé que el ingreso de las cuotas se realice en un solo pago o en un número máximo de mensualidades igual al periodo ‘rescatado’).
- Aclarar el ámbito de aplicación del convenio especial dando cobertura a todas las situaciones amparadas por el RD 1.493/2011.
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Buenas tardes
En la página de la TGSS en el apartado «Documentacion necesaria para la solicitud» se exige lo siguiente:
«En ambos supuestos (es decir , prácticas remuneradas y no remuneradas), la certificación deberá ser emitida expresamente a los efectos de la suscripción de este convenio especial.»
MI PREGUNTA ES:
¿hay que solicitar nuevos certificados que digan explícitamente que se ha emitido a efectos de la orden Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor (legislación consolidada).?
Porque mucha gente no podrá contactar de nuevo con las empresas antiguas, muchas ni existirán
Gracias
Hola, Pilar. Gracias por tu interés en el tema. Lo ideal es que el certificado esté emitido con este concepto, pero no es motivo de rechazo de la solicitud, sobre todo si hay constancia de que la entidad emisora ya no está operativa. Por tanto, es obligatoria la certificación y deseable que sea emitida a los efectos, pero no bloqueante.
He realizado prácticas por varios ciclos formativos antes del 2011 y después del 2011
¿Como solicitar se me tenga en cuenta la cotización por las que hice después del 2011?
Buenos dias ,
tengo una duda y es si esta cotización a la seguridad social por practicas en mi caso no remuneradas debe constar a la hora de realizar la declaración de la renta. Es decir a efectos fiscales como debe aparecer o no esta cotización retroactiva,
Gracias
Hola, ¿el certificado tiene que poner la cantidad de días exactos de prácticas que se han realizado o basta conque ponga el rango de fechas?
Hola, Lavinia, gracias por tu interés en el tema. Es válido con el rango de fechas, ya que se sobreentienden los días de prácticas realizados.
Buenos día, yo recibi una beca para realizar unos cursos de postgrado en el centro de estudios financieros adscrito al banco de España por 2 años, querría saber si podría acogerme a esta medida
Hola, Susana. En principio no parece ser una actividad de prácticas en empresa, sino una beca para estudios. Sería necesario revisar bien la documentación para estar seguros de tu idoneidad para la ayuda, puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com y te ayudamos con el caso
Empeze en el 1981 ha hacer practicas externas en una empresa cuando estaba estudiando en la universidad, durante un tiempo sin remunerar y luego al final me dieron una cantidad, por supuesto no estaba dado de alta en la SS ni nada que se asemejase, la empresa desapareció hace años, podía hacer una declaración jurada de lo que hice ese tiempo?
Hola, Luis. Es más difícil verificar tus prácticas si no hay un documento emitido por la empresa que evidencie el periodo en que se realizaron. Aunque la empresa desapareció, debieron emitir un certificado de prácticas terminadas con éxito o algo similar. Si no lo tienes, será difícil evidenciarlo, pero podemos revisar el caso concreto más a profundidad: at.cliente@rbhglobal.com
Buenas, gracias por la información de esta publicación, entiendo por lo que estoy leyendo que no basta con presentar la certificación académica en la que consta que has aprobado el módulo de las prácticas, que en el período en el que yo las hice eran de 400 horas, habría que presentar en su lugar un documento que especifice las fechas concretas de la realización de las prácticas, verdad?
Muchas gracias y un saludo
Hola, Rafael. Es importante contar con certificado de la entidad donde se cursaron las prácticas con las fechas de inicio y fin. Si no, la presentación de la solicitud puede que no tenga éxito
Alguien sabe si también vale un curso de formación ,con prácticas, que hice en 1991 con duración de 6 meses,fué en Hospital Toledo, tengo la documentación
Yo realice 6 meses de prácticas en un colegio en la carrera de Magisterio,pueden servir ,y quien debería hacer el certificado,la universidad o el colegio.Tengo impreso la nota de las prácticas ,
Sí, es válido, lo importante es tener certificado del lugar en el que hiciste las prácticas (el colegio).
Buenas tardes.
Desde Nov. 1989 a Junio 1990 realicé prácticas en una empresa para la obtención del título de FP2 en el cuaderno viene esas fechas y también pone 370 horas.
¿Esas prácticas valdrían? Si fuese así, ¿Se cotizaria por 8 meses?
Muchas gracias
Hola, María. Es preciso certificado de la entidad donde realizaste las prácticas, confirmando las fechas y la naturaleza de dichas prácticas, además de documento acreditativo de la institución académica. Sin esos documentos es más difícil lograr la aprobación de Seguridad Social
Buenas tardes,he recibido notificación de cuánto tengo que abonar.
Mi pregunta es,como debo abonarlo?
Hola, Lourdes. Se puede hacer a través de los canales de pago de la Tesorería General de la Seguridad Social
Yo creo que sí, porque yo hice un Doctorado en Estados Unidos con BECA y eso en principio vale. Al menos sé que la gente con la misma beca de posgrado que yo lo están solicitando.
Si uno se lee bien el BOE se ve. En mi caso para estudios de posgrado en el extranjero viene casi al final de uno de los BOE
Hola buenos días.
La TGSS me reconoció 1667 días como becario no Remunerado que corresponden a todo mi doctorado de inicio a fin y en el INSS también aparece los 1667 días pero aún no han sido publicados en la hoja de vida laboral. A esos días no Remunerados le aplican el factor multiplicador 1.61. Quien lo aplica el INSS o la TGSS. El 29 pagué la totalidad de la suscripción del Convenio Especial.
Hola, yo también estoy en la misma situación que KIKOSPAIN; es decir, el reconocimiento concedido por la TGSS no aparece reflejado en el informe de vida laboral.. y ya hace más de un mes que pagué por los seguros sociales
Hola Ana ya me aparece en la Hoja de Vida Laboral pero no aparece el Grupo de cotización 07. También me aparecen los periodos en la Base de cotización. Dl ser no Remunerado falta la DA 52a y la aplicación del coeficiente multiplicador 1.61 y así aumentar el tiempo de cotización
Hola. Hace 1 mes que acabé de pagar las cuotas de cotización del convenio especial de practicas y todavía no me aparece reflejados los días en mi vida laboral. Me podrías informar cuanto tiempo tardan en actualizarla?, ¿ hay que hacer algún otro trámite o darse de baja para q aparezca en el informe de vida laboral?. Gracias.
Buenos días Kikospain,
¿Qué tipo de certificado emitió la universidad para contabilizar todo el periodo de doctorado hasta la lectura de la tesis? ¿Cómo se solicita?
Gracias,
Saludos.
Hice practicas hace 33 años y ni la empresas existe ni la universidad tiene datos tan antiguos. Me temo que esto solo es útil para becados universitarios en la misma institución o prácticas recientes .
Hola, Enrique. Es difícil tener documentación de años tan lejanos, como dices es una medida a la que pueden acogerse solo becarios con toda la documentación en regla.
Hola Enrique.
Yo fui becario de la Universidad de Valencia en los años 1991-1993.
Solicité el certificado en la UV y me lo dieron sin nigún problema.
Buenos días, tengo 77 días en total para el calculo de la vida laboral , pero lo realize en 11 meses en total.
Me va a aparecer 11 meses en la web de la Seguridad Social ?
O en la Seguridad Social solo me van a salir esos 2 meses y 17 días como dias cotizados.
Lo digo por la ley de que jornada parcial es igual a completa que salio hace unos años .
La pregunta es si me saldrian 11 meses en total o solo esos 2 meses y 17 días?
Muchas Gracias
¿Se podrán recuperar las prácticas en instituciones comunitarias, como la Comisión europea?
Hola, Miguel. Depende de lo que indique la documentación sobre la localización de las prácticas y la entidad que facilitó esas prácticas. Si necesitas que revisemos el caso a fondo, mándanos la info a at.cliente@rbhglobal.com y te ayudaremos.
Quisiera saber si podría entrar dentro de la nueva orden ministerial sobre la cotización de antiguos becarios.Soy técnico de investigación finales del 2008 hasta el 2014 estuve con becas a cargo de I+D+I de los ensayos clínicos del servicio de oncología .
Hola, Ángeles. En principio, hayan sido o no remuneradas, podrás solicitar la cotización retroactiva, siguiendo estas fechas:
– Prácticas no remuneradas. Deben haberse realizado antes del 1 de enero de 2024
– Prácticas remuneradas. Deben haberse realizado antes del 1 de noviembre de 2011.
Si son varias becas, tendrás que presentar los diferentes certificados de cada una con periodos, si fueron remuneradas o no y en qué entidad.
Para cualquier duda adicional, no dudes en contactarnos: at.cliente@rbhglobal.com
Hola! Yo realicé hace unos años un máster de profesor de educación secundaria con prácticas no remuneradas y un grado sup de fp tb con prácticas no remuneradas. Pero al mismo tiempo k estudiaba trabajaba en una empresa dada de alta en ss k nada tiene que ver con mis estudios. Podría pedir la cotización de mis estudios?
Hola, Raquel. Sí, porque en este caso sería una cotización doble por tus dos actividades. Importante tener toda la documentación que solicitan, si tienes más dudas puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com
Buenas tardes en el certificado de la escuela me indican entidad donde se realizaron, número de horas y periodo de sep 2009 a Junio 2010 y auunque fueron no remuneradas no lo especifica
Que sucede en estos casos
Hola, cual es la cuota a pagar al mes?
Hola, Sara. En la última actualización sobre la orden, se establece tomar como base de cotización del convenio especial la base mínima correspondiente al año de realización de la actividad (la Orden ISM/386/2024 prevé que la base de cotización sea la base mínima en 2024). Por ejemplo, la cuota de 1997 sería de 101 euros, prácticamente una tercera parte de esos 288 euros por cada mes de cotización que exigía el anterior acuerdo.
Y para los años 1994 y 1995 ¿Cuáles serían las cuotas? Por cierto podrías indicar cual es el porcentaje que se aplica sobre la base mínima de cotización?
Hola, Néstor, depende del año tiene unos valores determinados. Si necesitas conocer el detalle en tu caso, te asesoramos en at.cliente@rbhglobal.com
Hola,
En 1994 y 1995 fui becaria remunerada de investigación en la universidad. He leído que podría presentar la documentación en la Seguridad Social para que estos años pudieran cotizar y que tendría que abonar alguna cuota. Es correcto?
Actualmente, trabajo en el Departamento de Educación de la Generalitat y mi pregunta es si podría reconocer estos dos años como trienios y si se pagarían con carácter retroactivo; es decir desde 1994?
Muchas gracias,
Hola, Carme. Sí, debes presentar la documentación que se especifica en este artículo ante la Seguridad Social para poder recuperar la cotización de esos meses. Debes tener en cuenta que debes pagar las cuotas correspondientes a esos meses trabajados para que la cotización se valide y cuente en tu histórico laboral. Reconocer esta beca como trienos trabajados depende de si se continúa trabajando en la misma empresa y del convenio colectivo que ampare el sector. Pero debes saber que el reclamo se hace para recuperar cotización de un periodo trabajado en formato de prácticas, no para reclamar ninguna remuneración por ese trabajo.
Significa entonces que hay que pagar para que cuenten el periodo de prácticas? Y cómo se calcula? (en mi caso fueron prácticas remuneradas, pero consideradas como bolsa de ayuda, no como salario) O se puede solicitar para que simplemente cuente como días cotizados?
Hola, Aitor. Así es, hay que pagar la parte correspondiente a Seguridad Social del periodo de prácticas, de lo contrario no se consideran días cotizados. El cálculo se hace dependiendo de los años en que se hizo la práctica, ya que se tiene en cuenta el coste de la vida de la época en concreto, según nueva disposición del Gobierno. Para eso, lo mejor es que te asesores con un experto si deseas hacer el cálculo, te podemos ayudar si nos escribes a at.cliente@rbhglobal.com
Buenos días.
¿Existe alguna página donde podamos hacer el cálculo de lo que tenemos que pagar? ¿quién tendría que hacérnoslo?
Gracias
El cálculo depende de muchos factores: año en que se hicieron las prácticas (cada año cotiza de una forma diferente), sector, si se remuneró o no. Lo mejor es considerar una asesoría legal sobre el tema, puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com y te ayudamos.
Buenos días,
Quisiera saber si podría entrar dentro de la nueva orden ministerial sobre la cotización de antiguos becarios.
Estuve en el departamento de una universidad realizando el trabajo de investigación correspondiente la Tesis de licenciatura y a la Tesis de doctorado. Al mismo tiempo participando en las acciones propias del departamento, en congresos, synposiums y conferencias o reuniones científicas. Estuve sin beca y sin remuneración alguna.
En mi caso, no estaba de prácticas, ni con beca. No se si puedo acogerme a esta medida
Gracias
Hola, Rosa. Para acceder a este beneficio, necesitas un documento de la entidad en la que estuviste que atestigüe el tipo de vinculación, el tiempo en que estuviste realizando las labores y el detalle de las mismas. Si puedes hacerte con un certificado como ese, podrías solicitarlo; pero al haber estado en una situación irregular, es complicado demostrarlo sin ese documento. No obstante, si necesitas más información sobre tu caso, podemos ayudarte en at.cliente@rbhglobal.com
Buenos días,
Si hice las practicas entre 2011 y 2013.
¿Puedo cotizar de alguna otra forma?
Entiendo que no estoy en el período correcto para acceder a esta cotización retroactiva.
¿Como podría hacerlo?
Hola, Samuel. Si fueron prácticas no remuneradas, sí puedes acceder a la cotización retroactiva.
Buenos días:
Mi duda es saber si se reconoce el periodo de practicas, a efectos de vida laboral y de bases de cotización para calculo de pensión, el efecto se retrotrae a la fecha efectiva de realización de las practicas ( en mi caso 2006) o al momento en que se reconozca y por tanto se abone.
Es decir, para calcular la pensión de jubilación se tiene en cuenta la media de la base de cotización de los «X» últimos años cotizados. Si me aprueban la solicitud, y ese año de practicas me lo aplican en el momento en que se reconoce el derecho (actualmente), me perjudicara bastante en la media de esa base de cotización para la jubilación ( pues me bajara la media) , en cambio si el reconocimiento es con efectos en todos los sentidos al 2006, pues dado que seria el comienzo de mi vida laboral, no me perjudicaría, siempre y cuando, por su puesto, se siga aplicando como criterio para el calculo de pensión, la media de los X últimos años.
Hola, Silvia. La cotización retroactiva se aplica a los periodos en que se realizó el ejercicio de práctica o beca, a efectos de historia laboral. Si necesitas cualquier aclaración más, puedes hablar con nosotros personalmente en at.cliente@rbhglobal.com
Tuve una beca de formación del personal investigador del Ministerio de educación y ciencia para la realización de la tesis doctoral entre 1987 y 1990.
Puedo aplicar para la recuperación de la cotización de esos años?
Según las fechas y la entidad, todo apunta a que eres uno de los que pueden acceder a la cotización retroactiva. Recuerda que debes presentar toda la documentación correspondiente, si tienes más dudas puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com
Buenos días,
En mi caso, hice prácticas en IBERDROLA mientras cursaba estudios de Ingeniería de Minas, de esto hace 30 años y no conservamos documentación ni yo, ni en la empresa, ni en la universidad. El responsable en la empresa esta jubilado y el profesor en la universidad ha fallecido. ¿Podría de alguna forma esta persona jubilada hacer constar que hice esas prácticas con su mero recuerdo? ¿Posteriormente debería RRHH de IBERDROLA la que certificaría que las hice?
Una segunda pregunta, si me quiero prejubilar en el año 2030 a los 63 años, ¿debo tener cotizados 38,5 años cuando cumpla los 63 años o sería suficiente si supuestamente los tendría cuando cumpliera los 65 años?
Hola, José Javier. Lo importante es tener un certificado de la entidad donde hiciste las prácticas, en este caso Iberdrola, que confirme el lapso de tiempo y la actividad, y si fueron remuneradas. Si no lo fueron, habría que preparar documentación adicional, puede ser una declaración jurada, pero no es seguro que se acepte por parte de la Administración.
Para el tema de los tiempos de jubilación, te invitamos a revisar este enlace donde hablamos del tema: https://rbhglobal.com/novedades-para-2024-de-jubilaciones/
Si tienes más dudas, puedes hablar con nosotros en at.cliente@rbhglobal.com
Fui becario FPU durante cuatro años. ¿El reconocimiento de ese período sería válido a efectos de trienios y quinquenios en la Universidad Pública?
Hola, Miguel. No está contemplado en la norma que estas cotizaciones supongan además ajustes en la consideración de trienios y quinquenios.
Prácticas no remuneradas en cruz roja tres meses puedo suscribir convenio para su cotización
Hola, Antonio. Sí, estás dentro de los supuestos para solicitar la cotización retroactiva de la seguridad social
Buenos días. Cuando has estado haciendo las prácticas a la vez que trabajando ¿se suman las bases de cotización? Parece que sólo se tiene en cuenta para atestiguar el tiempo cotizado….Muchas dudas.. Gracias
Hola, en este punto aún no se ha establecido una información oficial, en las próximas semanas el Gobierno aclarará algunas de estas incógnitas.
Buenos días
A mi todavía no me ha quedado claro si al final son 5 años o 7 los que puedo reclamar y si el pago de la base minima que tengo que pagar para cada año de becario es la base minima de autónomos o la del régimen general. Gracias
Hola, Cristina. Se pueden reclamar 5 años completos; en caso de que anteriormente se hubieran cotizado 2 años, se puede ahora pedir 5 más, pero no 7 en esta convocatoria. El pago se debe hacer sobre la base mínima del régimen general, ya que se computa como salario.
Muchas gracias!
Buenos días,
en su día suscribí el convenio especial que posibilitaba la cotización de dos años.
Ahora se me plantea la duda de si en la suscripción del nuevo convenio especial puedo únicamente suscribir por los tres años restantes para los cinco años de cotización o si, por el contrario, puedo suscribir HASTA cinco nuevos años.
La redacción del BOE me plantea dudas y no sé a qué atenerme. En unos sitios dicen que únicamente por los 3 restantes y en otros que otros 5 años.
Hola, Montse. Según la última actualización de la orden, se puede rescatar íntegramente cinco años, también en los casos en los que, de acuerdo con la regulación de 2011, ya se hubiesen rescatado dos años (5+2). Por tanto, podrías suscribir 5 nuevos años.
Buenas tardes,
Realicé prácticas durante 2 años en una empresa cuando estaba en la universidad. Solo dispongo de los 2 certificados de la facultad, donde consta el año y el número de horas realizadas, pero no pone días concretos. ¿Cómo se computan esas horas? es decir, cómo se calculan los días para hacer el cálculo de tiempo cotizado? Ya no puedo disponer de más información, pues ya hace más de 20 años y la empresa ya no existe.
Muchas gracias
Hola, Ana. En principio sería válido, aunque sería ideal ver el documento como tal y su alcance; habría que computar las horas realizadas en fracciones de 8 horas para contabilizar 1 día de trabajo, y así establecer el número de días y la cotización. Recuerda que esa cotización se hace en base al año concreto, no al SMI actual, por lo que el cálculo es más complejo. Si necesitas ayuda, escríbenos a at.cliente@rbhglobal.com.
Hola, hice una beca en una empresa y me pagaba la universidad empresa, era una beca para estudiantes pero yo ya había leído el proyecto cuando las empecé. En este caso valdria?
Siempre que sean prácticas y que cumplan los requisitos que aparecen más arriba, pueden considerarse para la reclamación de cotización retroactiva. Si necesitas que revisemos a fondo la documentación para verificar, escríbenos a at.cliente@rbhglobal.com y un asesor te ayudará
Fuí becario de Doctorado entre octubre de 2006 y septiembre de 2011 con beca de la AECID y de mi Universidad, que fueron remuneradas pero sin cotización al Seguridad Social. Mis consultas son als siguientes:
1. ¿Cuanto debería pagar mensualmente para recuperar esos 5 años que he estado de bacario y sin cotizar a la Seguridad Social?
2. ¿El acuerdo contempla diferentes formas de pago?, por ejemplo:
a). ampliación de los períodos de pago, b). Realizar pagos parciales, c). Otra forma de pago.
Muchas gracias y quedo a la espera de vuestra respuesta
Hola. El total de pago depende del salario mínimo que hubiera en los años de la beca, y dependiendo de los meses de cada año que se deseen cotizar, el cálculo variará. Por ahora, se está negociando diferentes formas de pago, pero aún no están aprobadas. Para conocer el cálculo correcto de la cotización, te invito a que hables con uno de nuestros asesores en at.cliente@rbhglobal.com
Hice los dos años de cursos de doctorado entre 1994 y 1995 e hice a continuación el proyecto de tesis con un trabajo de investigación en 1995. No hice la tesis doctoral. Quería saber si esto me podría contabilizar para la jubilación. Gracias.
Enel supuesto que ser realizaran prácticas enter 1988 y 1993 en empresas relacionadas con el grado y el doctorado. Entonces no se establecia convenios con la universidad y la empresa porque no eran obligatorias.
Pueden enseñarnos un modelo de certificado hay que preparar para prácticas realizadas en empresas
-Grado
-Doctorado
Remuneradas
No remuneradas
¿Tienen un texto tipo modelo?
¿Sería conveniente presentar una memoria por cada práctica?
Hicimos una consulta y nos indicaron que la cotización era nivel 7 y sería como unos 70 euros
Hola, María. Para responder a todas esas consultas, se hace necesaria una asesoría personalizada, puedes hablar con nosotros directamente en at.cliente@rbhglobal.com para que un experto te ayude con las cuestiones que planteas.
Buenos días,
Me gustaría saber si computan las siguientes becas (anteriores al año 2000)
– Becas de colaboración en un departamento universitario (4º y 5º de la licenciatura)
– Becas de doctorado ( remuneradas para cursar los cursos de doctorado)
– Becas predoctorales ( remuneradas, una vez terminados los cursos de doctorado).
Muchas gracias.
Hola, Jesús, gracias por tu comentario. Sí siempre y cuando hayan sido según estos plazos:
– Prácticas no remuneradas. Deben haberse realizado antes del 1 de enero de 2024.
– Prácticas remuneradas. Deben haberse realizado antes del 1 de noviembre de 2011.
Esto siempre y cuando los tipos de prácticas sean conforme a los modelos de los que habla el artículo. Si necesitas un análisis más profundo, puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com y un asesor te ayudará con ello.
Cuánto tendría que pagar a la seguridad social por las cotizaciones de 45 días de prácticas no remuneradas en el año 2022?
Hola. El total de pago depende del salario mínimo que hubiera en los años de la beca, y dependiendo de los meses de cada año que se deseen cotizar, el cálculo variará. Para conocer el cálculo correcto de la cotización, te invito a que hables con uno de nuestros asesores en at.cliente@rbhglobal.com
Buenas tardes, fui becaria del Ministerio de economía de Febrero 1998 a Marzo de 1999. Las prácticas eran remuneradas, las daba la Secretaría General de Comercio Exterior ( ya no existe) y se hacían en empresa. El certificado que necesitaría presentar es de la empresa donde hice las prácticas o del Ministerio que era quien me pagaba ?
Gracias por anticipado.
Hola, Jone. Cualquiera de ambos certificados es válido si está correctamente compulsado y aparecen fechas y si eran remuneradas o no. Revisa esos puntos y podrías presentar la solicitud.
Hola. Soy medico y tuve una beca remunerada (aprox 1100e/mes) del 2007 al 2011. Tengo un certificado de la empresa que dice estuve «contratada en este instituto/fundación como becaria remunerada por 1460 dias). En este caso1) cuanto he de pagar por mes , 2) mi vida laboral se incrementa en 4 años aprox contara entiendo para jubilacion, no? 3) Estos años me cuentan para trienos por ejemplo o para años de carrera profesional? aunque mi beca fue antes de trabajar en Instituto y en la especialidad en la que actualmente me desempeño. Espero su respuesta , gracias
Hola, Lourdes. Para el cómputo exacto habría que hacer cálculos más complejos, ya que se tiene en cuenta la base de cotización de cada año de prácticas, no es una cifra constante. Por otro lado, a efectos de la Seguridad Social, tendrás cotizados los años que decidas regularizas por el pago de las cuotas pendientes. En principio no está contemplado que sean años compatibles con conceptos de antigüedad, sobre todo si son antes del contrato actualmente vigente y con condiciones diferentes. Si necesitas que te ayudemos con el cómputo total y la gestión del proceso, no dudes en escribirnos: at.cliente@rbhglobal.com
Buenos días.
Ya he convalidado las prácticas con la Seguridad Social, y he pagado el primer mes (he elegido el pago fraccionado en 10 meses).
He consultado mi vida laboral, y no veo que hayan incluido las prácticas todavía.
¿Teneis información de cuándo aparecen las prácticas en la vida laboral?
¿Hay que esperar hasta terminar de pagar todo el importe (en mi caso 10 meses) para que aparezcan?
Muchas gracias
Hola, Itziar. En la normativa no indica plazos para la integración de esas cotizaciones en la vida laboral, sería necesario consultarlo directamente con la Seguridad Social.
Buenas tardes. Ya he presentado toda la documentación en la Tesorería de la SS y me dicen que consideran la base de cotización mínima del año que se trate. Calculando lo que tengo que pagar de cotización me sale lo que dicen las tablas publicadas en internet. Pero mi duda es el salario que considerarán para el cálculo de la pensión. ¿Será también la base de cotización mínima o el salario que percibimos en aquellos años, que es más del doble?. Muchas gracias por su atención.
Hola, Rubén. Este punto no se aclara en la norma, pero según la cotización realizada a la Seguridad Social, el salario oficial percibido en esos años es el mínimo cotizado, porque no hay pagos obligatorios que superen ese mínimo en la Administración. Para más info, te sugerimos escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com
Buenas,he leido los comentarios,y creo no haber visto cantidades o porcentajes que hay que abonar. A partir del 1 de enero de 2024 las practicas no remuneradas cotizan ,pero las cuotas de la seguridad social esta bonificada en un 95% , vamos que solo se paga el 5% de la cotizacion.En practicas universitarias no remuneradas entre 2016 y 2020 , que cantidad o porcentaje se tendría que pagar ? Agradeceria lo indicara alguien que tenga informacion,gracias.
Hola, buenas tardes. Yo recibí formación en prácticas sin remuneración durante los años 1980 al 1983 gracias al convenio existente entre la Escuela Industrial donde estudie FP2 y el Gremio de Talleres de Automóviles.
No obtuve ningun certificado y tampoco firmé documento alguno que lo pueda acreditar. La empresa hace años que no existe. Tan solo recuerdo su dirección.
Quizá la Escuela donde estudié conserve algún dato sobre mi formación en prácticas.
¿Tengo alguna posibilidad de que se me reconozca ese periodo de formación?
Gracias. Un saludo
Buenas tardes. Yo realicé prácticas cuando estudié Magisterio. Tengo 4 certificados y en cada uno pone que hice 100 horas de prácticas durante 1 año. Me podrían decir cómo se convalidaría las horas. ¿Habría que dividir el número de horas reales por 8 y así se sabría cuantos días en realidad se han hecho prácticas? Porque no sería verdad que hice prácticas durante 4 años, si no durante 400 horas. ¿Es así? Muchas gracias.
Buenos dias. disfrute de dos aõs de bac post-doctoral en una Universidad de Estados Unidos en 1993-1994 y pagada por el ministerio de educacio y ciencia- programa sectorial de becas de formacion de profesorado y personal investigador en el extranjero. POdria recuperar esos dos años?
Buenas tardes. Yo realicé cursos de formación profesional ocupacional entre 1988 y 1990 remunerados ¿Valen estos cursos para suscribir el convenio con la Tesorería General de la Seguridad Social?
Buenos dias
Terminé en 1989 la especialidad de estomatología donde obviamente durante dos años estuve realizando practicas ,pero erán incluidas en asignaturas ,no como actualmente que al crédito se denomina estancias clinicas y el grado es odontología ,Me gustaria saber si vosotros podeis gestionarme los certificados y su presentación en la tesoreria .Muchas gracias
Hola, Carmen. Escríbenos a at.cliente@rbhglobal.com sobre tu caso y un asesor te ayuda con la gestión.
Buenos días,
Yo trabajé como lector de español en la Universidad de El Cairo desde 1988 a 1991, contratado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Eran prácticas remuneradas tanto por el ministerio como por la universidad. Ni el Ministerio ni la universidad pagaron ninguna cotización a la SS. ¿Podría solicitar la cotización retroactiva?
Gracias
Hola, Fernando. En principio parece que es un caso en el que procede la cotización retroactiva, habría que revisar en detalle la documentación. Consúltanos en at.cliente@rbhglobal.com
Hola. Soy británico (residente permanente con acuerdo de Brexit), residente en España desde 2012 y pienso quedarme en España hasta jubilarme. Hice doctorado de investigación en Londres varios años antes (2000-2004) en un regimen similar a España (becario renumerado sin pagar seguridad social ni impuestos) mientas reino unido fue miembro del UE. ¿Se clarifica en algún sitio si puedo acogerme a la cotización retroactiva en España, o tengo que haber sido residente en España antes?
Hola, Graham. Es un caso extraordinario que se debería estudiar en detalle, si quieres puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com y un asesor te ayuda con la consulta.
Hola, me dieron una beca de formación de tecnólogos del Gobierno de Navarra que consistió en prácticas en una empresa de Ene2010 hasta Sep2011. La remuneración venía del gobierno de Navarra, no de la empresa, y por tanto, no aparece este periodo en mi cotización. Creo que estoy dentro para poder pedirlo verdad? gracias
Hola, Cristina. Por lo que cuentas, sí parece que cumpla con los requisitos para solicitar la cotización retroactiva de esos meses. Pero recuerda que el pago de esa Seguridad Social deberás hacerlo tú.
Hola. Quisiera saber si los profesores tutores de los Centros Asociados de la UNED, que están equiparados a becarios de docencia e investigación de las Fundaciones, podrían acogerse a la cotización retroactiva a la seguridad social. Gracias.
Hola, estoy en la misma situación que Juan, me gustaría saber si los profesores-tutores de la UNED podemos acogernos a esta cotización retroactiva.
Gracias.
Sí, los profesores-tutores de la UNED pueden acogerse a la cotización retroactiva en ciertos casos, dependiendo de las normativas vigentes y las condiciones específicas establecidas por la Seguridad Social o los acuerdos laborales. Es recomendable consultar directamente con la UNED o con la Seguridad Social para obtener información detallada y personalizada sobre los requisitos y el procedimiento. Si necesitas que te ayudemos, contáctanos en at.cliente@rbhglobal.com
Sí, los profesores-tutores de la UNED pueden acogerse a la cotización retroactiva en ciertos casos, dependiendo de las normativas vigentes y las condiciones específicas establecidas por la Seguridad Social o los acuerdos laborales. Es recomendable consultar directamente con la UNED o con la Seguridad Social para obtener información detallada y personalizada sobre los requisitos y el procedimiento. Si necesitas que te ayudemos, contáctanos en at.cliente@rbhglobal.com
Buenos días, tuve una beca por un convenio de la universidad de granada con una empresa, era una beca de mecenazgo dirigida a la realización de la tesis doctoral. Era de 4 años (me pilló la ley de que dos años era sin dar de alta y los dos últimos con contrato). Entre 2006 y 2009 (y hasta creo que tendría los papeles), creo que entraría en uno de los supuestos para regularizar los dos primeros años, , pero no me he enterado muy bien de cómo sería la cuenta para la cantidad a abonar.
Así es, Jorge, podrías cotizar retroactivamente los dos primeros años. Si necesitas que hagamos el cálculo exacto, contacta con nosotros en at.cliente@rbhglobal.com y un asesor te ayudará con tu consulta.
Buenas tardes.
Tuve una beca de Formacion Especializada en Psicología Clínica para licenciados que fué convocada por la Comunidad de Madrid. Fué una beca para realizar prácticas en diferentes dispositivos de la red de Salud Mental que se articulaba con formación teórica ( similar al actual programa PIR de formacion ).
La beca fué en los años 1990-1993 y era remunerada .
¿Podría suscribir el concenio especial?
Hola,
en 2013 yo estuve 6 meses de practicas externas en una empresa que tenia convenio con la universidad. Creo que puedo acogerme al caso de «alumnos universitarios que realizaron prácticas externas retribuidas al amparo del
Real Decreto 1707/2011 afectados por la Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2013, con anterioridad al 28 de junio de 2013», pero no estoy segura. En cualquier caso, en ese mismo periodo, tenia un trabajo de fines de semana por lo que estaba dada de alta en la SS, podría igualmente pedir la cotizacion por el tiempo de practicas? o al estar dada de alta en el mismo periodo no podría?
Gracias
Hola, Cristina. Sí, podrías, ya que se trata de dos contratos diferentes. Para revisar el detalle y darte una respuesta concreta, puedes escribinos a at.cliente@rbhglobal.com y un asesor te ayudará
Hola , he recibido el certificado de la universidad con 3097,5 horas de practicas en el plan de estudios de 1999. No especifica lo de no remuneradas, aunque por fecha se sobreentiende no? Cuantos dias seran? y mas o menos cuanto debo pagar? Gracias
Hola, Andrea, para hacer un cálculo detallado, debes hablar con un asesor, puedes escribirnos a at.cliente@rbhglobal.com y te ayudamos
Hola, hice la gestión en el año 2011 con la ley anterior para recuperar 2 años de los 5 que estuve de becaria. Ahora me aparecen esos 2 años en la vida laboral como convenio especial.
Para poder ampliar ahora el número de años, tengo que mandar la documentación de los 3 años restantes y hacer una ampliación haciendo una variación de los datos del convenio especial o tengo que mandar otra vez la documentación del total de los 5 años?
Hola,
He leído que hay casos que se aplica x1,61 los días cotizados. Aplica a alguno de los casos de este convenio de practicas?
Un saludo
Buenos días, qué porcentaje se aplica sobre la base mínima, el total (por ejemplo 28,3% en 1998) o el del trabajador (por ejemplo, 4,7% en 1998) ? Supongo que es el del trabajador, pues no vamos a pagar la parte de la empresa también…
Hola, Silvia. Efectivamente, el porcentaje que se aplica es el correspondiente al trabajador.
hola, gracias por este servicio. Voy a cotiza por 94 dias en 2017. Mi pregunta es: cómo aparece en la vida laboral, como cotizado en 2017 o cotizado en 2025?
Es importante para mi porque quiero solicitar la prestación de mayores de 52 años donde exigen un minimo de 90 dias cotizados. Me serviría esta cotización del convenio especial? Muchas gracias!!!
Buenos días. Tuve un contrato de prácticas renumeradas en 1999, donde me pagaban 100.000 ptas (600€), durante 6 meses. aproximadamente cuanto tendría que cotizar para que me contsabilizaran estos meses?.
Buenas.
Una vez abonado todo el importe del convenio a la seguridad social, ¿En que plazo aproximadamente aparece reflejado el periodo cotizado por las prácticas en la vida laboral? Muchas gracias
Buenas tardes,
En mi caso la beca parte de un Convenio entre una empresa y la Universidad Politécnica de Madrid. Ya he conseguido certificación por parte de la empresa. Me pregunto si también es necesaria la certificación por parte de la entidad académica correspondiente (en este caso la UPM) de cara a presentar la documentación.
Muchas gracias!
En el caso de becas del Ministerio para realizar estancias postdoctorales en el extranjero, ¿qué organismo puede certificar la duración?
Hola. Tuve una beca del FPI durante 4 años. He pedido el certificado y me lo han dado por los cuatro años. Pero yo solo necesito dos años de cotización para poderme jubilar a los 65 años.¿puedo pagar ala seguridad social la cotización correspondiente a solo dos años? En el impreso para la Seguridad Social no me dejan elegir, solo me dejan adjuntar los 4 años y me va a salir a pagar la cotización correspondiente a cuatro años, o sea el doble.
Hola, yo también fui becaria postdoctoral en una universidad de EEUU entre 1995 y 1997, del programa sectorial de becas de formación de profesorado y personal investigador en el extranjero del entonces Ministerio de Educación y Cultura (MEC). La cuestión es que he escrito a la Secretaria de Estado que actualmente tienen las competencias en becas de investigación, a varios de los correos habilitados, y me han dado la callada por respuesta. No se como conseguir que me hagan el certificado que piden para suscribir el convenio con la SS. Tengo los BOEs de la resolución de la beca sus renovaciones y mis credenciales de becario con fechas de fin e inicio y cuantía de la beca. ¿Hay alguien en la misma situación que haya conseguido que le hayan el certificado en el MICIU y si es así como? Estoy pensando en solicitarlo por registro, pero tampoco se si me contestarán. Si la actual Secretaría de Estado de Universidades del MICIU me sigue ignorando y no consigo en certificado ex profeso para el real decreto, me aceptarían mis credencias de becario? Gracias
Buenos días, tengo 77 días en total para el calculo de la vida laboral , pero lo realize en 11 meses en total.
Me va a aparecer 11 meses en la web de la Seguridad Social ?
O en la Seguridad Social solo me van a salir esos 2 meses y 17 días como dias cotizados.
Lo digo por la ley de que jornada parcial es igual a completa que salio hace unos años .
La pregunta es si me saldrian 11 meses en total o solo esos 2 meses y 17 días?
Muchas Gracias
Hola, tramité la petición de dos periodos, 1 año de tesina con beca de la CIRIT y 4 años de tesis doctoral con beca del MEC. Aceptado y ya estoy pagando desde hace un año. En ese momento, como no sabíamos cómo serían otros convenios, me recomendaron pagar a plazos, y en el momento que se decidiera un contrato de relevo o la jubilación, pagar el resto de cuotas pendientes. Este lunes llamé y por teléfono me dijeron que no es posible adelantar el pago de las cuotas, que en mi caso duran 84 meses¡¡¡ Intenté calcular la edad de jubilación, pero no entran estas cotizaciones, ya q sólo aparecerán reflejadas en la historia y con ello se calcula la edad de jubilación (65) tras el pago de la totalidad de las cuotas, por lo que en mi caso no me serviría¡¡. Si no queda reflejado, mi edad de jubilación es de más de 67… Hay alguna manera oficial de solicitar el adelanto del pago de las cuotas pendientes? Lo necesito para que la edad de jubilación sea de 65 años. Mil gracias.
Buenos días. Yo tuve una beca de investigación durante casi 4 años en un centro de investigación dependiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. En ese momento yo había terminado mis estudios de diplomatura en una Ingeniería Técnica. La beca no estaba vinculada con la Universidad. ¿Puedo recuperar las cotizaciones de mis años como becaria?