En la actualidad, hasta la PYME más pequeña puede prestar o recibir servicios con una empresa de cualquier país de la Unión Europea.

Dado que cada caso concreto es diferente, es fácil que se produzcan errores a la hora de emitir una factura, o entender si ésta debe llevar o no IVA.

Desde el 15 de febrero, está disponible en la página web de la Agencia Tributaria un formulario denominado Localizador de Prestación de Servicios que permite realizar de forma correcta respecto al IVA intracomunitario una factura, contestando a una serie de preguntas cerradas.

Siendo esta herramienta muy útil, vamos a mostrar con varios ejemplos cómo utilizarla.

1. Nuestra sociedad que se encuentra en Valladolid, tiene alojada su página web en un servidor de una empresa en Bélgica donde, además, también realizan su mantenimiento.

Primero debemos contestar que tipo de servicio se hace, para lo que aparecen muchas opciones en el desplegable.
Escogemos “Servicios vía electrónica”.
Localización del prestador, esto es ¿Dónde trabaja quien nos da el servicio? Escogemos “Estado Miembro de la Unión Europea distinto de España”.
A continuación la condición del cliente.
En nuestro caso se trata de una empresa y es importante distinguirlo porque el efecto del IVA es diferente si actuamos de forma profesional o de forma particular.
Localización del cliente.
Contestamos en “La Península o Islas Baleares”.
El sistema responde lo siguiente:

  • La operación está sujeta al IVA español.
  • Debemos declarar como clientes el IVA por Inversión del sujeto pasivo y hacer el modelo 349.
  • La factura no lleva IVA y deberá indicar la mención de “Inversión del sujeto pasivo”.

Un despacho de Arquitectos de Sevilla recibe el encargo de tasar dos viviendas en la ciudad portuguesa de Faro.

¿Qué tipo de servicio se hace? En este caso aparecen muchas opciones en el desplegable.

Escogemos “Servicios Relacionados con Inmuebles”. En el momento que lo seleccionamos, nos aparece una explicación sobre qué tipos de servicios engloba este apartado, a fin de contestar a la segunda pregunta.

Escogemos entre tres opciones: Alquiler, Obras de más de un año o como en nuestro caso “Resto de servicios relacionados con un inmueble”.

¿Dónde está nuestra sede? Escogemos “La Península o Islas Baleares”.

A continuación la condición del cliente.

En nuestro caso se trata de particulares.

¿Dónde Radica el Inmueble?

Escogemos “Estado miembro de la Unión Europea distinto de España

El sistema responde lo siguiente:

  • La operación está sujeta en el Estado del Inmueble (Portugal).
  • La Tasadora declara Operación no Sujeta.
  • La factura no lleva IVA español. Se deberá repercutir el IVA portugués. Estos son dos ejemplos para conocer cuál es el funcionamiento de la aplicación, pero tiene muchas opciones para que se adapte a cada circunstancia.