NUEVA LEY ANTIFRAUDE

(BOE Ley 11/2021 de 9 de julio)

OBJETIVOS DE LA NUEVA LEY ANTIFRAUDE:

  • Lucha contra la economía sumergida.
  • Evitar la evasión fiscal.

MEDIDAS:

1. Limitación del pago en efectivo
El límite general se establece en 1000 euros. Asimismo, para personas físicas no residentes en España el límite baja a 10000 euros.

2. Recargos tributarios
Se modifica el régimen de recargos por presentación fuera de plazo sin requerimiento previo:

  • Recargo del 1% por cada mes de retraso durante el primer año. Sin intereses de demora.
  • Recargo del 15% desde el día siguiente a los doce primeros meses. Con intereses de demora.

3. Adecuación a la Directiva Europea Anti-elusión fiscal (ATAD)Persigue que las empresas que se trasladen a otro país eviten tributar las bases imponibles que deben gravar en España.

Se prohíben expresamente las amnistías fiscales.

4. Control del software de gestión de los procesos contables de las empresas.
Se considerará infracción si el sistema informático permite:

  • Llevar contabilidades distintas.
  • No reflejar total o parcialmente las transacciones realizadas.
  • Permite alterar transacciones realizadas.

5. Vivienda

  • Valoración de bienes
    Los bienes habrán de valorarse a efectos fiscales a su valor de mercado, es decir, el precio que se acordaría entre partes independientes entre sí.
  • Modificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y en el de Transmisiones Patrimoniales.
    En ambos casos la base imponible será el valor de los bienes, siendo este su valor de mercado.
  • Pactos sucesorios
    Se permite mantener la ventaja fiscal existente siempre y cuando el receptor no enajene el inmueble hasta transcurridos al menos cinco años (o hasta la muerte del donante, si se produce antes).
  • Fin de la reducción del 60% del alquiler en el IRPF, si no se declaró anteriormente en la autoliquidación presentada.

6. Criptomonedas
Se obligará a los contribuyentes a informar sobre su tenencia, se ubiquen en España o en el extranjero, y sobre la operativa realizada con ellas, detallando saldos, adquisiciones, traspasos, permutas, transferencias, cobros y pagos realizados con las mismas.

7. Otras medidas

  • Deducción por inversiones cinematográficas.
  • Autorizaciones judiciales para la entrada en el domicilio de los contribuyentes (siempre justificada, proporcional y con una finalidad).
  • Listas de morosos: se rebaja el umbral para aparecer en la lista a los 600000 euros.